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Aluminio Primario de Aluar S.A. |
![]() Dr. Luis Reinaldo Fernández eco@senado.gov.ar ![]() |
Las Ampliaciones de la Planta Productora de Aluminio Primario de Aluar S.A. y del Muelle Almirante Storni, Puerto Madryn, Provincia de Chubut, Argentina
La economía y la ecología tienen mucho más que las tres primeras letras en común; combinan tres objetivos principales fuertemente interrelacionados: competitividad económica, eficiencia ecológica y desarrollo sustentable y si bien las actividades industriales generan beneficios económicos y sociales, algunos de sus procesos crea el riesgo de accidentes, polución, daños a la salud, deterioro de los recursos naturales y degradación del entorno.
Estas situaciones fácticas riesgosas, conocidas como "daños típicos de la sociedad postindustrial" presuponen una actividad industrial que incorpora al medio social una cosa peligrosa, ya sea por la naturaleza propia de la actividad desarrollada o por las circunstancias de su forma de utilización, generando un riesgo o peligro para terceros.
Va de suyo que algunos de los factores contaminantes son incontrolables por el hombre, pero otros dependen directamente de su acción. Las modernas sociedades industrializadas revelan de ordinario una sucesión de comportamientos que contribuyen notablemente en la progresiva (¿e irreversible?), degradación del entorno natural.
Las ampliaciones proyectas, en las cercanías de Puerto Madryn, se encuentran muy cerca de un área natural protegida para ballenas francas en la zona norte y oeste del Golfo Nuevo y alberga una de las poblaciones de cría más importantes de ellas como así también de lobos marinos de un pelo y cormorán, peces invertebrados y especies de algas que aumentan la importancia biológica del área.
La excepcional fauna costera de la región la hace única en el mundo y constituye un recurso renovable de enorme valor para la zona por los que los aspectos ambientales de los emprendimientos industriales deben ser considerados con mayor profundidad.
La identificación de los principales factores ambientales de las obras proyectadas como las medidas de mitigación preconstructivas y constructivas para morigerar las posibles consecuencias negativas de los emprendimientos de expansión, requiere de la mayor responsabilidad en la consideración de las propuestas.
En el mercado internacional, la protección del ambiente es una exigencia empresarial que hace a la minimización de sus niveles de contaminación y consumo de recursos naturales de manera eficiente; la preservación del ambiente no está reñida con el progreso sino que es garantía de desarrollo sostenible.
No es novedad que la sociedad observa atenta a la industria cuando se trata de temas ambientales, sobre todo si están relacionadas con la actividad petrolera y las del aluminio, en las que se deben cumplir con todas las normas de seguridad ambiental y de cuidado de la salud en el sitio de trabajo y en el ambiente en general.
La Organización Mundial de la Salud (OMS), es clara al respecto: "... la degradación ambiental es una cuestión de vida o muerte, la vida activa se ve acortada por enfermedades invalidantes; mujeres y niños contraen males crónicos como consecuencia de las inadecuadas condiciones de vida y el progreso industrial multiplica el riesgo de intoxicaciones, accidentes y enfermedades carcinógenas..."
Si es irrefutable que la degradación ecológica es un perjuicio para todos y que impide, llegado a cierto punto, el derecho a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano (art. 41º, Constitución Nacional), es evidente que corresponde al Estado, como función propia y específica proveer efectivamente a la protección de ese derecho.
En tal sentido, la Constitución de la Provincia de Chubut reconoce el derecho de toda persona a un ambiente sano y encomienda al Estado a preservar la integridad y diversidad natural y cultural del medio (similar disposición encontramos en el artículo 41º de la Constitución Nacional) y, la ley 4302 dispone la obligatoriedad de las evaluaciones ambientales en aquellos proyectos, actividades y obras capaces de degradar el ambiente.
El sistema normativo se completa con la adhesión provincial a la ley 24051 de residuos peligrosos.
En la necesaria compatibilización del desarrollo económico y la necesidad social de cuidar el hábitat del hombre, debemos esforzarnos para lograr el crecimiento sostenible basándonos en el equilibrio de nuestras responsabilidades económicas, sociales y ambientales.
Estos aspectos obligan a la toma de conciencia en cuanto a la importancia y significación que cobran las industrias. Mas allá de los factores inherentes a su rentabilidad o crecimiento, deben tenerse en cuenta nuevos factores que tomen en consideración el bien común de la población, a la que, en última instancia, está orientada y dirigida la actividad productiva o de servicios.
Después de todas las informaciones periodísticas sobre el tema y los comunicados de organizaciones no gubernamentales ambientalistas, la población en general veríamos con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio del organismo que corresponda, se sirva informarnos sobre diversos aspectos relacionados con las ampliaciones de la planta productora de aluminio primario de Aluar S.A. y del muelle Almirante Storni, Puerto Madryn, Provincia de Chubut, Argentina.
Sería muy importante que nos respondan lo siguiente:
Si las obras de ampliación portuaria introducirán cambios en el paisaje, los recursos acuáticos y la geología de la costa. Si la actividad minera es compatible con la operatoria de productos alimenticios provenientes de la pesca. Si se han diseñado planes de contingencia ajustados en tiempo y forma a las características de la zona en general y oceanográficas en particular. Si en la ampliación de la planta productora de aluminio se han considerado los efectos que puedan producir las emisiones gaseosas y de partículas sólidas en el aire, en el suelo, el agua, la salud de la población, la agricultura y la fauna y flora marina. Si se han provisto inversiones específicas destinadas a la protección del ambiente y el ahorro energético. Cual es la cantidad y calidad de los residuos líquidos y sólidos generados y si las instalaciones de tratamiento de los mismos cumplen con la legislación vigente. Si se tiene conocimiento sobre la disposición final de los restos y desperdicios tóxicos generados en los últimos cinco años ("scrap"). Si se han realizado estudios sobre los efectos de las emisiones gaseosas actuales a futuras sobre la salud de la población y la incidencia de afecciones cardíacas y/o respiratorias relacionadas con las emisiones de la planta (fluoruros, óxidos de nitrógeno, bióxidos de azufre e hidrocarburos aromáticos policíclicos).
Los habitantes de este país, estamos esperando las respuestas.
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