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  Granadero Baigorria - Provincia de Santa Fe - Argentina

  Negociados Espúrios con Espacios Costeros de Dominio
  Público Destinados al Esparcimiento de la Población



Campaña Internacional de Defensa a la
Reserva Natural Granadero Baigorria



Por Multimedios Ambiente Ecológico
Departamento de "Campañas Internacionales"
Correo Electrónico Directo a Campañas

Argentina


Grave Denuncia

Hay funcionarios que estarían detrás de la desaparición de esta Reserva y mediante la sanción de una Ordenanza tratan de burlar un fallo recientemente ejecutado


El 30 de mayo del 2002, el Juez municipal de Granadero Baigorria, Dr. Guillermo Bof (hijo del Dr. Jorge Antonio Bof, Procurador General de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe), hizo ejecutar un fallo del Juez Luis Alberto Ramunno (1), disponiendo el retiro de los alambrados, portones y demás cerramientos que impedían a la población el libre acceso a un sector de la ribera de esta Reserva, constituida por las 6 manzanas costeras del Barrio Paraíso con sus correspondientes barrancas y playa, en el Km 431,5 del río Paraná (2).

Reserva Natural

Una Ordenanza, ahora en estudio en el Concejo Municipal, permitiría colocar nuevamente dichos cerramientos, y autorizaría la instalación de un "boating"en los 300 metros de costa comprendidos entre la bajada de la calle Estrada y la Ciudad Deportiva del Club Rosado Central; es decir la mitad de la costa de la Reserva.

Las primeras declaraciones públicas acerca de este proyecto de Ordenanza, que de hecho significa la desaparición de esta Reserva, fueron formuladas por el Dr. Armando Rafael De Martín, asesor legal del Municipio, a través de la emisora local FM 103.5 "Radio City", el pasado martes 13 de junio en horas del mediodía en el transcurso de la audición "Baigorria Informa" conducida por el periodista Ariel Marini.

Según sus palabras, la nueva Ordenanza autorizada a los actuales permisionarios municipales del área (Asociación Náutica Reserva Natural) a colocar nuevamente los portones y alambrados que fueron retirados el pasado 30 de mayo en cumplimiento del fallo judicial. Dichos cerramientos les permitían disponer para su uso exclusivo del mejor lugar de la costa de la Reserva, al que cercaron en el año 1993 mientras negaban que el lugar fuera una Reserva. En ese espacio construyeron una sede de instalaciones con lo recaudado mediante la explotación de otro sector de playa, al que cercaron igualmente para tal fin.

Todo esto fue hecho en violación a una medida judicial de "No Innovar", dictada en el año 1992 al iniciarse la "Acción Popular" basada en la ley Nº 10.000 de Intereses Difusos que dio por resultado el fallo recientemente ejecutado (3).

Este fallo exige además al Municipio impedir toda modificación topográfica en el área declarada Reserva, y cumplir fielmente la normativa proteccionista vigente en el sector, es decir la Resolución Municipal Nº 4689-5-R-78, por la que fue creada esta Reserva en el año 1979, y la Ordenanza Nº 1095/92 sobre preservación ambiental.

Los mayores detalles sobre el "boating", contemplado en el proyecto de Ordenanza ahora en estudio, fueron suministrados por Miguel Ángel Librera, ex concejal (UCR) y actual Subsecretario del Honorable Concejo Municipal.

Por su parte el concejal Juan Álvarez (PI) hizo saber que, entre los interesados en la construcción del "boating", estaría el propio ministro de Gobierno de la Provincia, Dr. Ángel Baltuzzi. El "lobby" que promueve dicho emprendimiento comercial estaría integrado por la empresa vial "Oscar Stralla" contratista vitalicia del Municipio y ligada por intereses empresariales al actual intendente Humberto Luis Sdrigotti (PJ).

Su Secretaria de Gobierno, la Dra. Silvia Ferruccio, aparece como uno de los principales operadores, siendo su esposo propietario de un comercio de venta de lanchas ("Baigorria Náutica Motor") instalado a pocos metros del control caminero, próximo al límite con Rosario.

Tiene intereses, además, en el "Boating Granadero", ubicado al lado del Camping Municipal, invadiendo con sus instalaciones parte de la costa de dicho camping, ante la permisividad de las autoridades del Municipio.

Una instalación semejante, el boating "Salors", adyacente al anterior, y situado a unos 800 metros aguas arriba de la Reserva, en dirección a calle Tierra del Fuego, adolece de serios inconvenientes de acceso debido a errores de quienes proyectaron su bajada al río desde lo alto de la barranca. Actualmente sólo 2 embarcaciones se ven amarradas, pese a la publicidad que se le hace.

La construcción de este "boating" fue iniciada por Luis Ghezzi, ex Secretario Departamental del PJ y uno de sus titulares sería ahora el arquitecto Daniel Weisburg, que desempeñó cargos públicos en la provincia.

Precisamente, las dificultades técnicas que presenta dicha instalación habrían contribuido en la implementación de esta nueva Ordenanza para instalar un "boating" en la Reserva Natural, aprovechando las inmejorables cualidades de su bajada al río, de suave declive, construida en el año 1939, y desde entonces acceso obligado de la población a la costa de lo que hoy es la Reserva Natural, para su disfrute y esparcimiento en tan privilegiado lugar costero.

La existencia de poderosos intereses que se mueven detrás de la sanción de esta Ordenanza destinada a burlar un fallo recientemente ejecutado y permitir la instalación de un "boating" en la Reserva Natural, especulando con la valorización de estas costas dada su proximidad con la obra del puente Rosario - Victoria, da a entender por qué no han sido esclarecidos aún los dos atentados incendiados cometidos contra uno de los defensores de esta Reserva, impulsor de las acciones judiciales que dieron por resultado este fallo, y de las actuaciones llevadas a cabo ante el Defensor del Pueblo de la Nación, con resultado igualmente favorable para la preservación de la misma (4).

Por su parte quienes están detrás de la maniobra tendiente a hacer desaparecer esta Reserva aprovechan cualquier medio para descalificar a los vecinos y ecologistas que luchan por su supervivencia. Tal es el caso de la nota a dos páginas, con fotografía de dos de ellos, publicada en la revista náutica "As de Guía" (Año 1, Nº 7, Abril del 2000), publicación ésta de distribución gratuita y solventada por empresarios del rubro.

Al no haberse podido obtener hasta el presente copia del referido Proyecto de Ordenanza, pese a los reiterados pedidos que se hicieron con tal propósito ante el Concejo Municipal, no obstante las expresiones de algunos concejales "de que el mismo estaría siendo estudiado por 3 comisiones", en fecha 28/06/2000 se solicitó información al respecto mediante carta documento Nº 305564470 dirigida al Presidente de ese cuerpo.

Asimismo se comunicó de la situación al Dr. Oscar Massei, ex-secretario de Ambiente y Política Ambiental de la Nación, quien adhiriera formalmente a la Campaña Nacional en Defensa de esta Reserva mediante nota oficial de fecha 03/02/2000 en la que expresa además su más enérgico repudio por los atentados incendiarios cometidos contra los defensores de la misma.

La Secretaria tenía a su cargo bajo su jurisdicción (ahora pasó bajo la órbita de la Secretaría de Turismo y Cultura de la Nación) a la Administración de Parques Nacionales, organismo éste que fiscaliza el "Sistema Nacional de Áreas Protegidas de la República Argentina" al cual pertenece la "Reserva Natural Playa Granadero Baigorria" como única Área Protegida del Departamento Rosario integrante de dicho Sistema Nacional, dentro de la categoría "Áreas de Paisaje Protegido".

Una presentación similar se elevó al Defensor del Pueblo de la Nación, teniendo en cuenta que se estaba violando la Resolución Nº 03711/99 dictada por el mismo, la cual exhorta al municipio a preservar la integridad de esta Reserva.

Los ecologistas y vecinos estudian además la implementación de nuevas "Acciones Populares" sobre la base de la ley Nº 10.000 de Intereses Difusos en defensa de este Patrimonio Natural y Cultural de la Comunidad.

Esta grave situación está siendo puesta en conocimiento de las Organizaciones No Gubernamentales Ambientalistas (ONGAs) adheridas a esta Campaña. @


Notas:

(1) Juzgado de 1ª Instancia de Distrito de la 2ª Nominación en lo Civil y Comercial de los Tribunales de Rosario. Autos caratulados "Ibarra Deux, Teresa c/ Municipalidad de Granadero Baigorria / Recurso Contencioso Administrativo Sumario (Ley Nº 10.000) Expediente 982/93", y su acumulado "Ananía, Héctor Blas (Ídem) Expediente 630/94". El fallo es de fecha 25/10/95 y fue ratificado por sentencias de la Cámara de Apelaciones (Sala 2) en fechas 31/10/91 y 5/3/99. La Sala estuvo integrada por los camaristas Dres. Alicia García, José María Serralunga y Jorge W. Peyrano.

(2) Artículo 1, Resolución Municipal N 4689-5-R-78 del 25/1/1979.

(3) La construcción de las referidas instalaciones (un Club Privado con Guardería de lanchas a motor) los llevó a provocar ingentes daños al frágil ecosistema de esta Reserva, incluyendo la destrucción de montes de Ceibos y demás vegetación autóctona del lugar. La mayor parte de estos daños fueron producidos al arrojar desde lo alto de la barranca, que tiene 20 m de altura y permanece en estado "No Modificado" en vastos sectores, cientos de camionadas de escombro grueso de hormigón.

Además, mediante maquinaria pesada abrieron un camino en la costa y provocaron considerables modificaciones topográficas, todo lo cual fue probado fehacientemente en el fallo. Actualmente continúa dañando los elementos naturales del lugar habiendo talado históricos ejemplares de Casuarina (altura Yapeyú al 1500), pertenecientes a la antigua arboleda de dicha especie que bordea la barranca, heredada de un vivero que existió en este solar, desde fines del siglo XIX.

(4) Primero le quemaron el automóvil y dos meses después produjeron fuego a su casa provocándole gravísimos daños. Las actuaciones sobre estos hechos se llevan a cabo en el Juzgado de Instrucción de la 4ª Nominación, a cargo del Dr. Jorge Eldo Juárez (Causa 2443/99), y en el Juzgado de Instrucción de la 5ª Nominación, a cargo de la Dra. María Luisa Pérez Vara (Causa 1927/99).










 

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