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La Usina Popular Cooperativa "Sebastián De María" deberá en 60 días presentar un plan de acción tendiente a la eliminación definitiva de los tambores que contienen PCB (aceite refrigerante en desuso de los tipo bifenilo policlorado tipo Askarel) y tendrá que hacer lo propio con los que se encuentran en los transformadores de la vía pública. Así lo resolvió el Tribunal Oral Criminal Nº 1 del Departamento Judicial de Necochea (provincia de Buenos Aires), que a su vez dispuso que la entidad presente en el mismo plazo un certificado ambiental de la ley 24.051. También le otorgó 20 días para colocar carteles alertando a la población sobre el peligro que representan los transformadores que contienen el aceite refrigerante potencialmente dañoso, como así también deberá alambrar el perímetro de la ex Planta Hormigonera donde se encuentran almacenados los mencionados tambores. La determinación fue adoptada como consecuencia de una presentación del presidente del Foro de Seguridad de Necochea, Juan Carlos Boltri, quien promovió un recurso de amparo en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional para que la Usina "retire los 71 tambores con PCB y que los traslade a un lugar apto para su posterior destrucción". Adujo que la presencia de los tambores con estos aceites afectan "los derechos de los consumidores y usuarios, el derecho a la salud, a la seguridad, a la información y a la educación para el consumo". Solicitó que se decrete "una medida cautelar innovativa por entender que en el caso se encuentran reunidos los requisitos objetivos y subjetivos para su viabilidad". Riesgo latente Según se constató, se comprobó la existencia de transformadores ubicados en la periferia de la ciudad -en número cercano a los 20- con aceite refrigerante potencialmente contaminante y de 64 tambores con aceite que contienen bifenilo policlorado que origina la toxina PCB (Sic), en un depósito de la ex Planta Hormigonera. La resolución judicial lleva las firmas del Dr. Alfredo Pablo Noel (presidente), y de los jueces, Dres. Mario Alberto Juliano y María Angélica Bernard. Un ingeniero de la UPC puso en antecedentes al Tribunal en cuanto a la prohibición de ingreso de PCB en la Provincia de Buenos Aires, por el riesgo que representa para la salud, como también aludió a la falta de cumplimiento de disposiciones legales como el de la omisión a colocar carteles de identificación alertando a la población sobre el peligro de los transformadores con el contenido tóxico, como la falta de existencia de alambre perimetral en la ex Planta Hormigonera. Respecto del retiro del aceite, tanto de los transformadores como de los tambores aludidos, argumentó que, conforme a la resolución Nº 1118/2002, pueden ser eliminados hasta el año 2009, lo cual concretará la entidad cooperativa, pese a las dificultades económicas. Se indicó que Juan Carlos Boltri, como su representante legal, insistieron con su solicitud primigenia. El Tribunal Oral y Criminal Nº 1 entendió que la falta en la adopción de medidas preventivas "queda demostrada en forma preliminar por el grave riesgo de posible afectación al derecho a la salud, causando un perjuicio que podría catalogarse como irreparable ante las enfermedades terminales que se pueden provocar por inhalación o contacto dérmico, por derrame del tóxico ante situaciones como un incendio o estallido". @ ![]() |
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