![]()
· Cultura de la Paz · Informes Especiales · Diccionario Ecológico · Alimentos y Nutrición · Ecoturismo · Reservas y Parques · Sitios de Interés · Denuncias Ambientales · Publique sus Artículos · Ecopaedia · Premios y Menciones ![]() ![]()
|
|
Insaciables Petroleras |
Finalmente el viernes 17 de diciembre pasado, el Gobierno de la Provincia de Mendoza (Argentina), mediante la resolución 190/2003, autorizó a Repsol YPF a explotar en el área de Laguna Llancanelo cinco de los ocho pozos, previstos por el proyecto presentado, otorgándoles la Declaración de Impacto Ambiental, y condicionando los tres restantes sólo a la presentación de nuevas ubicaciones para los trabajos de perforación.
Finaliza así un proceso de dos años y medio, cuando luego de la audiencia pública en agosto del 2000 se alzaran voces de reclamo en todo el mundo por la intención de la petrolera española de explotar hidrocarburos en Laguna Llancanelo, ubicada en el sur de Mendoza y considerada uno de los humedales más importantes de Sudamérica y del Mundo, reconocida internacionalmente como sitio Ramsar desde 1995 y como reserva provincial desde 1980.
Los reclamos de las organizaciones ambientalistas, abogados expertos en derecho ambiental y científicos nacionales e internacionales, no alcanzaron para torcer la firme decisión el Gobierno de aprobar la iniciativa de Repsol YPF, ya que la liquidación de las regalías representa el aporte más importante para el presupuesto provincial, máxime cuando en octubre del año pasado la provincia casi se declara en suspensión de pagos, recibiendo una ayuda de 30 millones de dólares de la petrolera para poder pagar sus deudas más urgentes.
Entre los puntos más destacados de la resolución ministerial, figuran la creación de la llamada UNIDAD DE GESTIÓN AMBIENTAL LLANCANELO, conformada por personal de las Direcciones de Saneamiento y Control Ambiental y de Recursos Naturales Renovables, que tendrá a su cargo el hacer cumplir todas las disposiciones establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental, diseñar un Plan de Tareas y un Plan de Monitoreo Anuales, elaborar el Plan de Manejo de la Reserva Faunística, recomendar medidas correctivas, e informar periódicamente de sus actividades y las de la petrolera española, tanto a la oficina de la Convención Ramsar como a instituciones locales.
Otras de las tareas de esta Unidad de Gestión será realizar la mensura administrativa del área de la reserva y monitorear el acuífero del Yacimiento Llancanelo, ya que en marzo del 2001 se detectaron altos porcentajes de hidrocarburos en uno de los pozos de agua de la reserva, lo que motivó la paralización del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental a fin de realizar estudios específicos, que no se han realizado hasta el momento, ya que la misma Fiscalía de Estado -Ombudsman ambiental en la provincia- dictaminó que podía continuarse con el procedimiento administrativo, sin la necesidad de definir el tema.
"Es el primer caso en Mendoza que conocemos en que un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental viola todas las normas que lo alcanzaron, desde la Constitución Nacional hasta las resoluciones ministeriales", comenta Eduardo Sosa, de Oikos red ambiental, una de las organizaciones que llevó adelante el conflicto contra el frente Gobierno-empresa. "Se emite la Declaración de Impacto Ambiental a un proyecto en el cual no participaron -hasta bien tarde-, abogados ni biólogos, en un área que, muy convenientemente, aún no ha sido delimitada, donde no hay un estudio de base de los acuíferos, donde se violaron los derechos a la participación y a la información ambiental, y en donde se autorizan las actividades sin disponer de un Plan de Respuesta a emergencias acorde, ya que el plan presentado no incorpora, entre otras cosas, una evaluación de riesgos, definición del ámbito geográfico, mención a sistemas de seguridad contra incendios, plan de evacuación, etc.
La no delimitación de la reserva es un acto deliberado, ya que si se descubriera que los pozos se encuentran dentro del área protegida, una ley específica -la 6045- prohíbe terminantemente la exploración y explotación de hidrocarburos, mientras que la no realización de un estudio de base del acuífero, libera a la petrolera Repsol YPF de futuras responsabilidades por daños ambientales, ya que si en el futuro se descubren hidrocarburos en las napas, jamás se sabrá si dicho daño se realizó durante la época de Repsol o de la vieja YPF.
Y para concluir con la hermosa tarea realizada, se dicta una cláusula gatillo, en la cual la empresa deberá paralizar sus actividades ante un accidente de magnitud en el área, constituyendo este acto la síntesis de la política ambiental del Gobierno de Mendoza, actuar una vez ocurridas las cosas", concluyó Eduardo Sosa.
Respecto de las irregularidades detectadas en todo el procedimiento, Sosa adelantó, "vamos a estudiar detenidamente la DIA, y en caso de no contemplar todos los puntos básicos que aseguren una protección acorde de los valores ecológicos del humedal, iremos a la justicia para hacer valer los derechos de los ciudadanos".
Se cierra así una etapa del conflicto ambiental más importante que ha tenido la provincia de Mendoza en los últimos años, y probablemente comience otra en la justicia, si la ciudadanía acompaña el reclamo de las organizaciones ambientalistas. @

![]() |
![]() |
www.ambiente-ecologico.com / info@ambiente-ecologico.com |