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   Edición 84 / Mayo - Agosto del 2002

Opinión



Impacto de las Antenas de Telefonía Móvil


Por Ric Group Consultores
ricmedioambiente@grapesadsl.com

España


"Las empresas están obligadas a presentar las certificaciones de emisión antes de septiembre"

La alarma social surgida en los últimos meses a consecuencia de los supuestos efectos nocivos para la salud de la telefonía móvil es manifiestamente infundada siempre que se sigan las recomendaciones y la normativa existente, según manifiestan los expertos.


El inminente desarrollo de la tecnología celular de tercera generación UMTS, que permitirá acceder a servicios on-line e Internet a través del móvil, supondrá un aumento espectacular en la instalación de antenas, triplicando el número actual que asciende a más de 30.000, y ha vuelto a poner sobre la mesa la polémica de los posibles impactos producidos.

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) ninguna investigación hasta la fecha que cumpla los requisitos del método científico y las fases de ensayo clínico, ha demostrado la relación causa-efecto de la exposición a los campos de radiofrecuencia de los teléfonos móviles o las estaciones base con efectos perjudiciales para la salud. Sin embargo, desde la Unión Europea y desde el Gobierno, está primando el principio de prevención en el planteamiento de las medidas de protección ante la sensibilidad social creada.

De forma general, se puede hablar de impactos de la telefonía móvil de tipo paisajístico y radioeléctrico, que básicamente pueden consistir en un sutil aumento de la temperatura corporal, minimizados siguiendo el principio de prevención, mediante la adopción de las medidas incluidas en la normativa aplicable y mediante la incorporación de técnicas específicas.


Normativa:

La normativa que regula las emisiones radioeléctricas utilizadas en telecomunicaciones tiene su base en la Recomendación del Consejo 199/519/CE, de 12 de julio de1999, relativa a la exposición del público en general a los campos electromagnéticos, estableciendo unos valores máximos de emisión 50 veces por debajo de los que científicamente se han comprobado que son inocuos.

En España, el RD 1066/2001, de 28 de septiembre, establece las restricciones a las emisiones, las medidas de protección y los mecanismos de comprobación y verificación de los límites establecidos, y junto con a Orden CTE/23/2002, de 11 de enero, que establece las condiciones para la presentación de certificaciones de las instalaciones de telefonía, hacen que nuestro país sea uno de los que cuentan con normativa más moderna y más restrictiva al respecto.

En este sentido, se obliga a las nuevas instalaciones a presentar una certificación anual del cumplimiento de los límites de emisión y a contemplar los posibles impactos sobre el entorno, realizando una inspección previa a la puesta en servicio y minimizando sus niveles de exposición especialmente en colegios, hospitales y parques públicos. Las instalaciones ya existentes están obligadas a presentar la certificación correspondiente antes de mediados de septiembre.

Existen otras normas de carácter europeo como CENELEC, NRPB ó ICNIRP y americanas como ANSI-IEEE, menos restrictivas que la normativa aplicada en España.


Técnicas específicas:

El impacto de las antenas varía en función de la distancia y de la posición, por lo que se pueden aplicar técnicas de minimización que tengan en cuenta estos parámetros. Se recomienda la instalación de más antenas pero de menor potencia, elevándola por encima de los edificios para optimizar la emisión y no inclinando el haz en un entorno de 100 metros para que permita la atenuación de la emisión con la distancia.

Se evitará asimismo orientar el haz principal, localizado en la cara frontal de la antena, hacia las áreas sensibles de mayor tránsito de gente. Es conveniente por último informar al público en todo momento de las operaciones llevadas a cabo y establecer, cuando fuera necesario, áreas de exclusión alrededor de las estaciones base.


Impacto ambiental:

Básicamente se puede hablar de un impacto visual que puede verse disminuido mediante la aplicación de técnicas de paisajismo, y de un fuerte impacto en lo referente a la generación de residuos de equipos eléctricos y electrónicos (REEE). Sobre la mesa se encuentra una propuesta de directiva que obligará a los fabricantes a asumir la recogida y el reciclaje de los aparatos de telefonía móvil, cumpliendo el principio europeo de quien contamina paga.

Actualmente ya se están adoptando medidas de gestión, con el establecimiento de puntos de recogida y reciclaje. En España se desarrolla la campaña Tragamóvil, que ha conseguido recuperar alrededor de 50 toneladas de estos residuos en tan sólo un año, a pesar de que según datos de la Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicación (ASIMELEC), siete de cada diez móviles no se reciclan.

La necesidad de su recogida radica en la falta de espacio en los vertederos, el aprovechamiento económico que supone la reutilización y la acumulación de sustancias tóxicas en las baterías, que pueden provocar problemas de lixiviados tóxicos que afecten a la salud pública. En definitiva, este es un proceso que afecta a todos los sectores de la sociedad, tanto a los fabricantes como a los distribuidores, los gestores y los consumidores. @


 

© Copyright 1996 - 2010, Multimedios Ambiente Ecológico - MAE. ISSN 1668-3358
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