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La protección ambiental se ha transformado en una de las mayores preocupaciones en el mundo; en especial, en los países occidentales esta preocupación se ha transformado en legislaciones y reglamentaciones que han llevado a realizar cambios en la composición de las pinturas, en los métodos de aplicación, en el manejo de los residuos y en el rotulado de estos productos. Son los consumidores, en general, los que producen un gran impacto sobre el ambiente ya que el crecimiento de la población mundial, la utilización excesiva de los recursos naturales, así como la producción y emisión de productos y residuos contaminantes tienen un impacto considerable sobre la tierra y sobre la salud humana. Evidentemente la magnitud del impacto de los productos depende fuertemente de la elección que hacen los consumidores de cada uno de ellos. En las diferentes sociedades se quiere combinar una mejor calidad de vida con un cuidado del ambiente lo que, en muchos casos, es un contrasentido. Es por ello que en Europa y en Estados Unidos se han buscado alternativas que permitan salvar estas contradicciones. Las diferentes reglamentaciones sobre fabricación y usos de pinturas y barnices, junto con el etiquetado ecológico para productos de consumo masivo son una alternativa válida que han incorporado al respecto. El presente trabajo pretende realizar una revisión de la normativa relacionada con las pinturas, lacas y barnices en los países desarrollados en comparación con las vigentes en la Argentina y elaborar una propuesta de información al consumidor para disminuir riesgos y residuos. Introducción: Las pinturas, lacas y barnices comprenden un conjunto de sustancias que se utilizan como recubrimientos y están fabricadas sobre la base de productos orgánicos. De acuerdo al tipo de vehículo empleado (resina) las pinturas contienen solventes orgánicos y/o agua en diferentes concentraciones. Los recubrimientos que se conocen genéricamente como pinturas tienen dos funciones diferenciales, por un lado proteger al sustrato sobre el que se aplican (maderas, metales, plásticos, etc.) de las condiciones a las que estarán sometidos (intemperie, productos químicos, solicitaciones mecánicas) y por el otro lado se utilizan para conferir un determinado acabado cumpliendo así con su otra función que es el aspecto decorativo. En términos generales, las pinturas son materiales líquidos que se aplican sobre un sustrato adecuado en una delgada capa y, que al secar, se adhieren transformándose en una película sólida. Las pinturas son fabricadas utilizando cuatro grupos de materias primas:
En cada uno de estos grupos de productos se emplean materiales que, en mayor o menor medida, son contaminantes y/o tóxicos y por tal motivo se desarrollaron las normativas que limitan su uso y en varios casos lo prohíben. Normativa internacional: La industria de las pinturas, en los países desarrollados, está afectada por las directivas de sustancias peligrosas, en particular contemplando los siguientes temas:
Toda la legislación indicada esta relacionada con las industrias, los procesos de fabricación y el tratamiento de los residuos de las empresas fabricantes. No se dispone de normativa, reglamentación o legislación que indique la prohibición específica de algún producto empleado en la fabricación de pinturas o la obligatoriedad de informar sobre la peligrosidad, toxicidad o contaminación de estos productos de consumo masivo por el ciudadano común. Todo avance en este aspecto ha quedado librado a la voluntad del fabricante de pinturas. Conclusiones:
Propuestas: Sobre la base de las conclusiones indicadas se propone generar un ámbito de discusión con la participación de los diferentes actores (fabricantes, organismos de defensa del consumidor, institutos de tecnología, organismos de normalización, estado, etc.) con el objetivo de elaborar propuestas de reglamentaciones que contemplen:
Una vez logrado disponer de las herramientas anteriores se podrá comenzar a trabajar, en una segunda etapa, sobre el etiquetado ecológico para pinturas y sobre el concepto de aplicar criterios ecológicos a los productos que durante su ciclo de vida, desde la obtención de las materias primas hasta su eliminación final, tienen un reducido efecto sobre el ambiente. Evidentemente como este tipo de programas, en Europa por ejemplo, funcionan en el ámbito voluntario ya que los fabricantes no están obligados a solicitar la etiqueta ecológica pero si así lo hacen disponen de una ventaja competitiva, es que se considera una necesidad primaria generar en el país la conciencia del uso de productos que no afecten al ambiente como paso previo. @ (*) Centro de Investigación y Desarrollo sobre Electrodeposición y Procesos Superficiales (CIEPS) del Sistema INTI. Casilla de Correo 157 (1650) San Martín, Buenos Aires, Argentina |
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