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   Edición 80 / Julio - Septiembre del 2001

Columnistas


Vida y Ecología

Sobre el Proyecto Hidroeléctrico Tabasará



Por Pastor Elíades Durán Espino
Corresponsal en Panamá del MAE
pastord@hotmail.com

Panamá


El proyecto

En las provincias de Chiriquí y Veraguas, el Consorcio Tabasará S.A., del señor Gabriel Btesh y Eco-Ambiente, S.A. que tiene además como uno de los socios al ex vicepresidente de la República Felipe Virzi, entre otros, pretende construir, mediante concesión del Gobierno, dos hidroeléctricas. Esto implica el embalse de áreas de amplia población humana por donde atraviesa el río Tabasará en las provincias de Veraguas y Chiriquí. Los proyectos, ubicados en la comarca Ngóbe-Buglé se denominan Tabasará I y Tabasará II.


Problema

La realización de este proyecto implica la desaparición de amplia riqueza vegetal y animal, el desplazamiento de gran cantidad de personas tanto campesinas como indígenas lo que implica arrancarlas de sus tierras y su historia para favorecer, no el desarrollo, sino el lucro y la ganancia de algunos empresarios de este país.

Las hidroeléctricas constituyen el principal factor que causa la emisión de gases de invernadero por lo tanto, contribuyen al recalentamiento del planeta.

Existe toda una intención del gobierno de promover e incentivar la construcción de hidroeléctricas en todo el país, impulsando leyes de incentivos como la propuesta por el legislador Freddy Torres. Con esto se desconoce otras alternativas de generación de energía más humanas y ambientalmente sustentables como por ejemplo, la energía eólica. Por eso entendemos que la aprobación del estudio de impacto ambiental al consorcio Tabasará S.A. obedece a una voluntad manifiesta del gobierno nacional.

Es sabido que el desplazamiento de la población hacia otras tierras y ambientes desconocidos, como en experiencias anteriores en nuestro país, implicará desesperanza, desarraigo e incertidumbre, precursores tradicionales de empobrecimiento y exclusión.

Postura de los Campesinos e indígenas del área.


Solicitan:

  • Cumplimiento del artículo 114 de la Constitución Nacional que atribuye al Estado el deber de garantizar que la población viva en un ambiente sano y libre de toda contaminación.
  • Estudio y sanción a las irregularidades del estudio de impacto ambiental, aprobado por la Autoridad Nacional del Ambiente.
  • La no construcción de los dos proyectos del Tabasará.

Denuncian:

  • Existencia de un mediador que ofrece licor y dólares a los campesinos para convencerlos.
  • El estudio de impacto ambiental tiene información falsa al indicar aprobación del proyecto por parte de personas que lo rechazan y al contradecirse por la afirmación de que alguien indicado como una persona que no se encontraba en casa, a la vez aparece como de acuerdo con vender su propiedad y mudarse.
  • El proyecto es un atentado contra su propiedad, sus familias, su sustento y su tradición.
  • El proyecto les obligará a desplazarse de sus lugares de vivienda que están en las tierras más fértiles para relegarse a vivir en los cerros, que son las tierras más pobres.
  • Más de 1,000 familias indígenas perderán sus viviendas y sus tierras.

Lo último acontecido en los tribunales

Recientemente, la Procuraduría de la Administración (PA) emitió un concepto superficial sobre una ilegalidad. Es el caso del Tabasará II, proyecto hidroeléctrico que atenta contra la vida de campesinos, indígenas y muchos ecosistemas. La PA opina que el estudio de impacto ambiental (EIA) presentado por el consorcio de Gabriel Btesh a la ANAM y aprobado por ésta, es completamente legal. Para la PA, basta sólo con presentar un EIA a la ANAM, para que ésta simplemente supervise, controle y fiscalice las actividades previstas en el EIA. Es decir, sea meramente contemplativa de la destrucción del ambiente y expulsión de sus tierras de gran cantidad de campesinos e indígenas.

También ignora, en su concepto, que no se trata de la comarca, sino de la población indígena ngóbe y campesina, pues todos ellos son seres humanos. En cuanto a los indígenas, hay territorios fuera de la comarca y no por eso se hallan fuera del alcance de su ley orgánica. En cuanto a los campesinos, igual son seres humanos, independientemente de que cuenten o no con una ley orgánica. En todo caso, son gente que trabaja la tierra y que la Constitución de la República ampara en su régimen agrario.

Por último, supuestas declaraciones que son aportadas como prueba por el consorcio, en el estudio de impacto ambiental, hoy son desmentidas por quienes sienten que sus nombres han sido utilizados para los designios del consorcio, denunciando y rechazando la pretendida hidroeléctrica y apostando por la vida. @


Equipo de la Oficina Nacional de Pastoral Social-C



 

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