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Estimado señor Director, Hola, me llamo Carmen. En mi bloque, existen dos comunidades de propietarios. La comunidad de propietarios vecina ha instalado dos antenas de telefonía celular. La comunidad de propietarios a la cual pertenezco, está instalando una tercera estación base. En la Junta de vecinos en la que se aprobó la instalación de la estación base, yo fui la única propietaria que se opuso a la instalación. ¿Podeis decirme si este tipo de decisiones exige unanimidad o mayoría conforme a la ley de propiedad horizontal?. ¿Existe algún plazo para impugnar la decisión?. El argumento de mis vecinos es que si nuestra comunidad de vecinos no arrienda el tejado para la instalación de la antena, la otra comunidad de vecinos lo hará, y por consiguiente tendríamos otra estación base en el tejado y la propiedad de vecinos no se benifeciaría de arrendamiento. ¿Dónde puedo encontrar jurisprudencia que me permita conocer las sentencias favorables a la desmantelación de antenas base por motivos de salud?. @ Gracias, Carmen Rodríguez Bartolomé crodriguezb@hotmail.com N. de R.: Estimados Lectores. Al igual que a la señora Carmen Rodríguez Bartolomé, le sugerimos visitar con el buscador interno de nuestro Portal Ambiental, donde encontrarán mucho material sobre el tema: "Telefonía Celular y Periféricos". |
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