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|
![]() Por Dr. Antonio Cafiero Senador de la Nación El Senado de la Nación: Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio de quien corresponda, se sirva informar sobre diversos aspectos relacionados con el ingreso en nuestro país de neumáticos reconstruidos, recauchutados, recapados, remoldeados, usados, sin marcas (leyendas reglamentarias) o con deficiencias de aspecto o imperfecciones:
Señor Presidente: Nuestro país viene sufriendo el ingreso indiscriminado de neumáticos reconstituidos (recauchutados, recapados, remoldeados), sin marcas o con deficiencias de aspecto o imperfecciones. Estos neumáticos configuran un engaño al consumidor final de nuestro país que, seguramente, los adquiere de buena fe en las bocas de expendio como neumáticos nuevos, sólo porque están sin uso, desconociendo que el productor original nunca le otorgaría garantía en esas condiciones de servicio ya que, por tal motivo, fueron descartadas en su país de origen. A su vez, estas exportaciones de neumáticos de descarte, que no cumplen con las normas de sus países de origen, encubrirían la decisión de reducir sus inventarios de neumáticos inservibles, enviándolos a naciones que no han tomado previsiones respecto a este tema, logrando evitar, de esta manera, el tratamiento y la disposición final de los mismos como materiales de desecho. Asimismo, podrían también disimular acciones de evasión fiscal en tanto que su valor es casi nulo y se facturan o documentan a valores que -si bien están muy por debajo de los correspondientes a neumáticos nuevos con garantía del productor y cumpliendo las exigencias normativas y legales- hacen presumir verdaderas transferencias de capital. El marco normativo vigente en nuestro país establece claramente las condiciones que deben presentar los neumáticos nuevos, sin embargo, están ingresando neumáticos que no las cumplen, ya que a muchos de ellos hasta se les ha eliminado sus marcas originales. Esta metodología tiene sus orígenes en que algunos fabricantes extranjeros, como método para comercializar neumáticos de segunda debido a fallas en el proceso de fabricación y que no alcanzan los niveles de calidad de un neumático estándar, elimina parte de sus leyendas y envían estas cubiertas a países donde no encuentran restricciones para su venta. En este sentido, a fin de controlar la calidad de los neumáticos que ingresan al país, se deberían realizar los ensayos correspondientes para verificar si los mismos cumplen con las normas establecidas en la Ley 24.449 (Ley de Tránsito) y su decreto reglamentario 779/95 (normas IRAM 113.337, 113.319 y complementarias) en virtud que su incumplimiento implica riesgos a la seguridad pública. Además, su importación en condiciones que no obedezcan a las mismas quedaría alcanzada por prohibiciones de carácter no económico, establecidas en el artículo 610 de la ley 22.415 (Código Aduanero). Comercializar neumáticos con imperfecciones supone un riesgo importante, sobre todo porque no se aclara si dichas imperfecciones son estructurales, lo que pondría en peligro las vidas de los usuarios. Por otro lado, desde el punto de vista ambiental, la disposición final de las cubiertas al fin de su vida útil se presenta como un problema mundial y es posible que las empresas productoras intenten hacer salir estos productos sin marcas, con deficiencias de aspecto y/o con imperfecciones para disminuir costos en sus propios países de origen. En este ámbito, también se podrían establecer prohibiciones no económicas, en cuanto que estas cubiertas pueden impactar negativamente contra la preservación del ambiente, la conservación de los recursos naturales y la prevención de la contaminación (inciso h, artículo 610 del Código Aduanero). En la Argentina hubo 4 productores de neumáticos en los últimos 50 años, cada uno de ellos con una planta industrial radicada en el conurbano bonaerense. A fines de 1999, entre las cuatro empresas ocupaban 4111 personas en forma directa. Luego, una de las empresas cerró su fábrica en nuestro país y comenzó a abastecerse mayoritariamente desde Brasil, mejorando su posición competitiva al aprovechar los menores costos de ese país y las ventajas que concede Brasil a sus exportadores. Actualmente, el sector ocupa a 2900 personas, perdiendo en los últimos tiempos más de 1200 puestos de trabajo. En atención a la industria del neumático, en el año 1998 el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos dictó la resolución 660/98 que prohibió hasta el 30 de junio de 1999 la importación de neumáticos usados para el consumo, luego se la prorrogó por un año más mediante la resolución 775/99 y, el 30/06/00, por resolución 504/00 se prorrogó usados hasta el 30 de junio de 2005, pero nunca se incluyó la prohibición de importación de neumáticos reconstruidos (recapados, recauchutados, remoldeados), sin marcas o con deficiencias de aspecto. Esta situación perjudica a los productores con plantas radicadas en nuestro país haciendo insostenible su mantenimiento frente a una competencia desleal para con quienes vienen manteniendo el trabajo argentino. En cuanto a los perjuicios económicos y legales que tiene el consumidor con las cubiertas neumáticas sin marcas y la falta de exactitud en la identificación de cuál es la empresa productora de los neumáticos importados, el usuario no tendría a quien reclamar la garantía en caso de fallas o accidentes, ante la imposibilidad de determinar fehacientemente quienes son los responsables. Señor Presidente, durante los últimos meses venimos presenciando la polémica mundial protagonizada por las compañías Ford y Bridgestone/Firestone a causa de las fallas detectadas en diversos modelos de neumáticos que equipan a vehículos todo terreno y que los vinculan con accidentes, muchos de ellos fatales, y que provocaron la decisión de las empresas de proceder al recambio de las cubiertas cuestionadas. A la luz de estos acontecimientos y teniendo pleno conocimiento de los riesgos que acarrea la utilización de neumáticos de baja calidad, sin marca, sin garantía, etc., sería oportuno que nuestro país tome las medidas y recaudos necesarios para garantizar la aptitud de los mismos y, en consecuencia, la seguridad de los usuarios. @
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