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ECOLOGISTAS EN ACCIÓN denuncia que el Gobierno de Aragón está defraudando a los ciudadanos de la Unión Europea por rebajar el nivel de protección de determinadas zonas y simular la protección de otros para permitir la especulación y el desarrollismo más agresivo.
El pasado 27 de marzo el Consejero del Ambiente del Gobierno de Aragón, D. Víctor Longás compareció en las Cortes de Aragón para explicar las prioridades en las actuaciones de la Consejería que él dirige. Entre otros temas destacó el interés del Gobierno de Aragón por proteger 637.911 hectáreas como "Áreas Naturales Singulares" y bajo esta figura de protección se quieren incluir las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y las Zonas de Especial Conservación (ZEC) figuras de protección de los espacios y las especies, transpuestas parcial e incorrectamente por el Estado español.
Pero ¿qué es un Área Natural Singular? Es una figura de protección recogida en la Ley de Espacios Naturales Protegidos de Aragón y se pretende emplear para aquellos lugares que como recoge el artículo 43, dedicado a su definición no necesitan, en principio, el mismo nivel de protección que los espacios naturales protegidos. En el preámbulo de dicha ley se establece una clara distinción entre los Espacios Naturales Protegidos (Capítulo II) y las Áreas Naturales Singulares (Capítulo III). Dentro de este último capítulo se observan todavía más diferencias al constatar que en el artículo 46, dedicado a la regulación de usos y actividades, se recoge como autorizables todos aquellos usos sometidos a autorización, licencia o concesión que afecten al suelo no urbanizable de dicha área, previo estudio de impacto ambiental (apartado 2.1) que más adelante desarrolla en forma de escuetos listados.
Con este artificio legal, el Gobierno de Aragón persigue sortear las cada vez mayores presiones de la Unión Europea para que cada una de las regiones, y entre ellas la aragonesa, ejerzan su tutela efectiva y real sobre espacios enormemente valiosos para la conservación de la flora y la fauna europea, ya que rebaja la cobertura de protección existente en la actualidad para todo suelo no urbanizable, a través de la legislación sobre evaluación de determinadas actividades económicas y su impacto en el ambiente y a través de la legislación sobre suelo.
En este sentido, cabe recordar que la Directiva Aves (409/79/CEE) fue transpuesta parcialmente por la Ley 4/89 en donde se recogen las diversas figuras de protección que se equiparan a las ZEPA, es legislación básica y las comunidades autónomas sólo pueden incrementar los niveles de protección, no eliminarlos. Así, entre la racanería a la hora de confeccionar un listado de Lugares de Importancia Comunitaria para crear una red de espacios naturales protegidos europeos, las Zonas de Especial Conservación y su apuesta por el desarrollismo incontrolado, el Gobierno de Aragón sigue dando un malo y costoso ejemplo, toda vez, que acumula más y más quejas motivadas por políticas retrógradas como la presente y que acaban en cuantiosas sanciones económicas, a pagar con cargo a los Presupuestos Generales de Aragón. @
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